IMPULSAN NOVEDOSA LEY PROVINCIAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR ACTOS DISCRIMINATORIOS

El proyecto establece la inversión de la carga de la prueba. Corresponderá a la parte demandada justificar su conducta 

El diputado provincial Alejandro Vidal (UCR) puso en debate una ley provincial con el objetivo de prevenir y sancionar los actos discriminatorios, creando una vía rápida y efectiva para la denuncia y la sanción, garantizando el acceso a la justicia y generando espacios de difusión para la prevención y promoción de los derechos de los grupos socialmente vulnerables.

“Se ha avanzado bastante pero no lo suficiente en materia de prevenir y combatir la discriminación pero es necesario fortalecer algunos derechos para que realmente puedan ser gozados por los grupos a quienes se tiende a proteger”, consideró el autor de la iniciativa. “Este proyecto de ley tiene como objeto perseguir acciones afirmativas que promuevan la igualdad de oportunidades y fomenten el respeto a la diversidad y a la dignidad inherente de cada ser humano”, continuó argumentando Vidal.

La iniciativa tomó como base la Ley Nº 5.261 de Prevención y Sanción de Actos Discriminatorios aprobada por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires en 2015. La misma fue elaborada con decenas de organizaciones que trabajan por derechos de migrantes, con discapacidad, diversidad sexual y personas mayores, entre otros. Dicha ley refleja los cambios producidos en las últimas décadas y los numerosos avances en la doctrina y jurisprudencia con respecto a los principios de igualdad y no discriminación. Toma en cuenta la experiencia adquirida desde la sanción de la Ley Nacional N° 23.592 y la actualiza. No es sólo una ley pionera en su género a nivel local, sino que va mucho más allá que la ley Nacional vigente.

“Lo novedoso de este proyecto, resaltó el legislador radical, está en el artículo 15° en donde se establece la inversión de la carga dinámica de la prueba, con el objetivo de agilizar el reclamo por daños para quienes son víctimas de hechos discriminatorios. En estos casos, corresponderá a la parte demandada  justificar de manera objetiva y razonable el carácter no discriminatorio de su conducta. Igualmente la parte actora deberá probar los hechos alegados más allá de la presunción establecida en este artículo sobre el carácter discriminatorio de los mismos”.

Vidal destacó también que, “este proyecto amplia los pretextos discriminatorios, incluyendo a una gran cantidad de grupos que están fuera de la Ley Nacional sancionada en 1988. Se incluyen la diversidad sexual, las personas con discapacidad, los adultos mayores, la situación familiar o condición socioeconómica, entre otros”.

Se incorpora a su vez la obligatoriedad de exhibición, en forma clara y en lugar visible en todas las entradas de acceso público a locales o establecimientos, de un cartel conforme al art. 5 de la ley nacional 23.592. El mismo deberá dejar en claro, que frente a cualquier acto discriminatorio, cualquier persona puede recurrir a la autoridad policial y/o juzgado civil de turno, quienes tienen la obligación de tomar su denuncia, existiendo el derecho a recibir asesoramiento y asistencia gratuita por los diferentes organismos públicos dedicados a la materia.

 Asimismo el proyecto prevé la sanción de actos discriminatorios en espectáculos deportivos, con penas de prohibición de concurrencia o cárcel según el caso, modificando el art. 15 de la ley provincial N° 2531 “Contravenciones en espectáculos deportivos”.

Finalmente Vidal destaca que, “esta iniciativa añade también en su artículo 25 y 26 el proyecto de ‘Donación de sangre sin discriminación’ presentado en esta Legislatura por la Mesa por la Igualdad Neuquén, Asociación Civil Integrante de la Federación Argentina LGBT, junto a otras organizaciones sociales, que ingresó en el año 2014 y contó con nuestra adhesión además de la de muchos otros diputados de diferentes bloques políticos”.

CONOCÉ EL TEXTO DEL PROYECTO AQUÍ

dipvidal

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